¿Puedo cobrar seguro social aunque no tenga papeles?
He estado trabajando y pagando al fondo de retiro del Seguro Social durante 26 años. Como trabajador indocumentado y con 65 años de edad, ¿puedo cobrar mi seguro de retiro?
L.D, via email.
Usted no puede cobrar su jubilación del Seguro Social mientras esté en Estados Unidos a menos de que se legalice. Pero si se jubila en el exterior, podría lograr cobrar la prestación.
Es irónico que los políticos estén satanizando a los indocumentados pero no mencionan que muchos pagan al sistema del Seguro Social sin que puedan cobrar sus prestaciones. ¿No sería mejor dejar a esas personas cobrar sus prestaciones y gastar su dinero aquí en vez de obligarlos a irse?
Siendo ahora un sueño distante una ruta a la ciudadanía para los indocumentados, he estado recibiendo muchas cartas como la suya. Repasemos las reglas:
La jubilación del Seguro Social es financiada con las aportaciones de empleados y empleadores. Las personas autoempleadas contribuyen al sistema cuando declaran impuestos sobre la renta. Para tener derecho a estas prestaciones, debe haber contribuido al sistema por un total de al menos 40 trimestres (10 años).
Usted puede empezar a cobrar su jubilación del Seguro Social a la edad de 62 años, pero le llegará más dinero si se retira después.
Muchos inmigrantes indocumentados contribuyen al fondo de retiro del Seguro Social. Algunos reportan sus ingresos usando números de Seguro Social auténticos. Otros lo hacen mediante un Número Individual de Identificación Tributaria (ITIN) o con números falsos.
Estas personas no pueden recibir prestaciones mientras están en Estados Unidos, porque para cobrar aquí deben estar legalmente presentes. Sin embargo, indocumentados de más de 120 países pueden cobrar sus prestaciones federales de retiro si se jubilan en el extranjero.
Para obtener información general sobre las prestaciones de Seguro Social, visite www.ssa.gov ó llame a la Administración del Seguro Social al 800-772-1213. O bien, descargue el folleto de la SSA, Sus Pagos Mientras Esté Fuera de Estados Unidos en www.ssa.gov/pubs/EN-05-10137.pdf.
Mi novia es residente permanente condicional con tarjeta de dos años. Dejó a su esposo y tiene miedo de perder su derecho a la tarjeta verde. Mi amiga se casó por amor, pero ella y su esposo pronto se dieron cuenta de que su matrimonio no iba a funcionar. ¿Cuales son las opciones de mi amiga?
M. California.
Una posibilidad es que su amiga le pida a su esposo que firme una petición para remover la condición. A pesar de su separación, si él está dispuesto a ayudarla, ella puede presentar una petición conjunta para retirar la condición a su residencia. Si el esposo no la ayuda, puede pedir ella misma su tarjeta permanente (con vigencia de 10 años y renovable).
A su amiga le dieron una tarjeta de residente permanente condicional con vigencia de dos años porque se hizo residente permanente dentro de dos años de su matrimonio. Ella puede solicitar la tarjeta permanente sin la ayuda de su esposo si 1) se casó de buena fe, el matrimonio fue auténtico y terminó en divorcio o anulación, ó 2) es víctima de abuso conyugal o un hijo suyo ha sufrido abuso a manos de su esposo, ó 3) irse de Estados Unidos resultaría en una penuria extrema para ella.
Si su esposo no firma la petición, el divorcio podría ser la mejor opción. Cuando un residente permanente condicional hace la petición por sí mismo en base a un matrimonio de buena fe, Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) querrá ver un decreto de divorcio o anulación antes de aprobar la petición.
Si el divorcio no es definitivo cuando se aproxime la fecha de vencimiento de la tarjeta, es bueno que presente el formulario de todos modos. USCIS le dará un plazo limitado para que se divorcie. Si no puede divorciarse a tiempo, USCIS remitirá su caso a un juez de inmigración, quien probablemente le dará más tiempo para obtener un decreto de divorcio.
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http://www.aldiadallas.com/2015/08/21/puedo-cobrar-seguro-social-aunque-no-tenga-papeles/